No habrá lugar a la indemnización sin la existencia de una póliza que ampare la RCE básica de automóviles./ Penas, multas y deducibles./ Cauciones judiciales su costo y emisión./ Guerra declarada o no AMIT asonada y motín./ Daños, muerte o lesiones causadas por la carga o mercancías transportadas./ Daño ecológico o ambiental. daños originados por el transporte de materias peligrosas, azarosas, corrosivas, explosivas o inflamables./ Carga pesada y/o extradimensionada./ daños a la carga y/o mercancía transportada, al vehículo transportador y equipos de cargue y descargue./ Muerte o lesiones a ocupantes del vehículo asegurado cuando este sea de servicio público, transporte masivo, o transporte escolar./ Muerte, lesiones o daños causados con la carga transportada en el vehículo asegurado, cuando Éste no se encuentre en movimiento./ Muerte o lesiones a personas que en el momento del accidente se encuentren conduciendo, reparando o atendiendo el mantenimiento o el servicio del vehículo. / Lesiones o Muerte causadas en el accidente al cónyuge o compañero(a) permanente a los parientes del asegurado o del conductor, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y el primero civil./ Daños causados con el vehículo a bienes sobre los cuales el asegurado o el conductor, su cónyuge o sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y primero civil, tenga la propiedad, posesión o tenencia./ Eventos que el asegurado o conductor causen voluntaria o intencionalmente a terceros./ Eventos generados cuando el vehículo se encuentre bajo la conducción de personas no autorizadas por el asegurado./ No se cubren perjuicios causados por el asegurado, cuando hubiesen sido previamente indemnizados por cualquier otro mecanismo./ operaciones de tanqueo o aprovisionamiento de vehículos, naves marítimas o aeronaves./ perjuicios morales o fisiológicos, de vida en relación o indirecto del tercero afectado./ Lucro Cesante.
Periodos de carencia o tiempos de permanencia mínimos de la cobertura | Límites de edad | Valor Deducibles | Revocación unilateral | Subrogación | Coexistencia |
La duración del contrato de seguros será la pactada entre las Partes. Aplicará la renovación automática si así se prevé en la carátula de la póliza.
Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas:
El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.
Las tarifas varían según el valor asegurado, tipo de riesgo a asegurar, ocupación y edad del asegurado.
El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.
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Clausulado vigente desde 7/09/2020: Responsabilidad Civil en Exceso de Automóviles - CLACHUBB20160021
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“Este es un resumen informativo. Las coberturas y exclusiones de este seguro las tiene a su disposición en las Condiciones Generales de la Póliza”.
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