Asume con ocasión del fallecimiento del asegurado principal y/o cualquiera de los asegurados del colectivo asegurado designados en el certificado de seguro, la obligación de indemnizar en dinero, hasta la suma asegurada según corresponda al plan contratado en el certificado individual de seguro, los gastos por servicios funerarios y servicios de destino final.
El presente seguro no tendrá cobertura para el amparo básico o para cualquiera de los amparos adicionales, por:
Deducibles | Subrogación | Coexistencia |
Las coberturas solo serán efectivas bajo las siguientes condiciones:
Desde los 18 hasta los 65 años más 364 días.
Hasta los 70 años más 364 días.
La duración del contrato de seguros será la pactada entre las Partes. Aplicará la renovación automática si así se prevé en la carátula de la póliza.
El asegurado podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante aviso escrito a la Compañía. La Compañía podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante noticia escrita al asegurado, enviada a su última dirección conocida, con no menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha del envío.
Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas:
El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.
Las tarifas varían del tipo de riesgo a asegurar, la vigencia del mismo, limites requeridos y/o tipología de contrato.
Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas:
Ingresa aquí.
Clausulado vigente desde 03/09/2020: Seguro Exequial Modalidad Individual – CLACHUBB20160171 D00I
Clausulado vigente desde 03/09/2020: Seguro Exequial Modalidad Individual – CLACHUBB20160172 D00I
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“Este es un resumen informativo. Las coberturas y exclusiones las tiene a su disposición en las Condiciones Generales de la Póliza”.
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