Ir al contenido principal

Cobertura Básica

  • Clausula Aseguradora - Responsabilidad Civil ProfesionalEsta póliza, sujeta a sus términos, exclusiones, limitaciones y condiciones, otorga una indemnización al asegurado con respecto a la responsabilidad legal del asegurado hacia terceros, por cualquier reclamo de un tercero que reúna los siguientes requisitos.
  • Cualquier Reclamo de un Tercero Deberá:
    • Ser para compensación de daños, incluyendo tal indemnización los costos del reclamante y los costos y gastos de defensa aprobados del asegurado.
    • Ser hecho por primera vez contra el asegurado durante el período de la póliza.
    • Ser por pérdidas financieras causadas por un acto negligente, error negligente u omisión negligente, por parte de un administrador o empleado del asegurado.
    • Surgir del curso ordinario de la prestación por parte del asegurado de los servicios financieros descritos en el formulario de solicitud; y
    • No ser instaurado ni total ni parcialmente dentro de los estados unidos de américa y/o Canadá; y
    • No desprenderse de un acto negligente, error negligente ni omisión negligente, que fue, o pudiera haber sido, o se suponga que ha sido cometido u omitido (lo que fuere del caso) total o parcialmente dentro de los estados unidos de américa y/o el Canadá; y
    • No relacionarse con un acto negligente, error negligente ni omisión negligente, que fue, o pudiera haber sido, o se suponga que ha sido cometido u omitido (lo que fuere del caso) antes de la fecha retroactiva especificada en el carátula de la presente póliza.
    • La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.

Exclusiones Generales

  • Responsabilidad Legal Asumida Contractualmente Excepto la Profesional.
  • Cualquier Responsabilidad Legal Asumida por el Asegurado.
    • Bajo los términos, condiciones o garantías de cualquier  contrato o   acuerdo, o
    • En virtud de cualquier renuncia o liberación de responsabilidad de un tercero excepto en la medida en que tal responsabilidad le hubiese correspondido al asegurado, en ausencia de ella.
  • Actos Ilícitos o Deshonestos Asalariados o Empleados.Cualquier responsabilidad legal originada de o contribuida por cualquier acto u omisión deshonesto, fraudulento, criminal o malintencionado del asegurado o de  cualquier director o de  cualquier funcionario o empleado o de cualquier subcontratista o agente del asegurado.
  • Daños Corporales o Daños a la Propiedad.Cualquier responsabilidad legal que se derive de o sea contribuida por:
    • Cualquier daño corporal, mental o emocional, enfermedad o dolencia, o por la muerte, o
    • Cualquier pérdida o daño a la propiedad, de cualquier tercero.
  • Perdida o Daño a Mercancías o Propiedad.Cualquier responsabilidad legal que surja de o sea contribuida por cualquier pérdida o daño a cualquier mercancía o demás propiedades, incluyendo valores, documentos e instrumentos escritos de cualquier clase, ya fueren de propiedad del asegurado, o conservados por el asegurado en cualquier condición, o por los cuales el asegurado pudiera ser responsable.
  • Violación Deliberada de Estatutos y Regulaciones.Cualquier responsabilidad legal surgida directa o indirectamente de cualquier violación deliberada de cualesquiera leyes, estatutos o regulaciones relativas en todo y/o en parte a la constitución, operación y comportamiento del asegurado y/o del negocio u operaciones del asegurado, en cualesquiera jurisdicciones directa o indirectamente pertinentes a cualquiera de las mismas.
  • Responsabilidad Legal por Compromisos de Otorgar Financiación o Crédito.Cualquier responsabilidad legal que surja de o sea contribuida por el hecho de que el asegurado haya rehusado suministrar alguna financiación o rehusado cumplir cualquier compromiso real o supuesto de hacer algún préstamo o transacción de la misma naturaleza de un préstamo o de un arrendamiento financiero (leasing) o de una extensión de crédito, ya sea que tal compromiso haya sido autorizado o no.
  • Hechos Reclamables a una Póliza Global BancariaCualquier responsabilidad legal que provenga de cualquier hecho, circunstancia o evento por el cual cualquier reclamo de terceros contra el asegurado sería compensable bajo una póliza global bancaria o una póliza equivalente, sin tener en cuenta el límite de la misma y si el asegurado mantiene o no vigente tal póliza.
  • Reclamos de Casa Matriz o Subsidiarias o Entidades RelacionadasCualquier reclamo por o a nombre de o a instancia de la casa matriz del asegurado, o de cualquier subsidiaria o filial del asegurado o de la casa matriz del asegurado, o de cualquier otra compañía o entidad en la cual el asegurado, o los administradores o empleados del asegurado tengan un interés ejecutivo o de control.
  • Reclamos por InsolvenciaCualquier reclamo de terceros que se base en la insolvencia del asegurado.
  • Reclamos Anteriores a La Fecha de RetroactividadCualquier reclamo de terceros que implique o se origine en un hecho, circunstancia o suceso que hubiere ocurrido con anterioridad a la fecha retroactiva contenida en esta póliza y/o el cual fue notificado a cualquiera de los aseguradores o suscriptores antes de la iniciación de esta póliza.
  • Circunstancias AnterioresCualquier reclamo de terceros que comprenda o se derive de un hecho, circunstancia o evento cuyo conocimiento podría hacer que una persona razonable creyera que él pudiera dar motivo a un reclamo de un tercero contra el asegurado;  hecho, circunstancia o evento del cual  el asegurado estaba al tanto, previamente a la fecha de iniciación de esta póliza.Para evitar cualquier duda, se declara y acuerda que esta condición es sin perjuicio de los derechos de los suscriptores para tratar dicho hecho, circunstancia o evento como una ocultación o errónea presentación de hechos materiales, dándole derecho a los suscriptores a decidir tratar esta póliza como nula desde su iniciación.
  • Multas y SancionesCualesquiera multas, penalidades, daños punitivos o ejemplarizantes, y cualesquiera daños múltiples, excepto por la simple cantidad compensatoria de los daños previa a tal multiplicación.
  • Reclamaciones del Gobierno Excepto si Este es ClienteCualquier reclamo hecho contra el asegurado por, o en nombre de, o a instancia de cualquier gobierno federal o estatal, organismo gubernamental o agencia gubernamental, excepto cuando estén actuando exclusivamente en su calidad de clientes del asegurado.
  • Reclamos de AccionistasCualquier pleito o procedimiento legal instaurado por, o en nombre de, o a instancia de accionista(s) del asegurado, en su condición de tales.
  • Reclamos por Pérdida de Valor de Inversiones Excepto por Negligencia en las Ordenes de un ClienteCualquier reclamo de terceros que se base en, o que sea contribuido por  la depreciación (o falta de apreciación) del valor correcto de cualquier inversión, incluyendo  títulos-valores, mercancías de primera necesidad, monedas, opciones y transacciones en futuros, o como resultado de cualquier afirmación real o supuesta, garantía o seguridad suministrada por, o a nombre del asegurado como el desempeño o resultado de cualquiera de tales inversiones.Se conviene, no obstante, que esta exclusión no se aplicará a ninguna pérdida debida exclusivamente a la negligencia de parte de un administrador o empleado del asegurado al dejar de efectuar una transacción específica de inversiones, de conformidad con instrucciones previas específicas de un cliente del asegurado.
  • Reclamos Por Fluctuación de  Valor de Servicios o ProductosCualquier responsabilidad legal que surja directa o indirectamente de una pérdida de valor, valor de rescate o valor de cancelación de cualquier producto o servicio bajo arrendamiento financiero (leasing), como resultado de fluctuaciones en el valor de tal producto o servicio.
  • Reclamos por HonorariosCualquier Reclamo De Terceros Por Reembolso De Honorarios, Comisiones, Costos U Otros Cargos Pagados O Pagaderos Al Asegurado, O Cualquier Reclamo De Un Tercero Contra El Asegurado, Basado Sobre Supuestos Honorarios, Comisiones, Costos U Otros Cargos Excesivos.
  • Reclamos por Contratación o Mantenimiento de Seguros Excepto por Negligencia de No Hacerlo por Orden de un ClienteCualquier responsabilidad legal que tenga origen en, o sea contribuida por cualquier falla en proveer seguro de cualquier clase, ya sea que tal falla sea concerniente a la cantidad, existencia o suficiencia de tal seguro, o de otra manera.Se acuerda, sin embargo, que esta exclusión no se aplicará a ninguna pérdida debida exclusivamente a la negligencia de parte de un administrador o empleado del asegurado al dejar de efectuar o de mantener un seguro específico de conformidad con instrucciones previas específicas de un cliente del asegurado.
  • Reacción NuclearCualquier responsabilidad legal de la naturaleza que fuere, directa o indirectamente causada o proveniente de:
    • Radiaciones ionizantes o contaminaciones por radioactividad de algún combustible nuclear o de algún desperdicio nuclear a partir de la combustión del combustible nuclear;
  • Reclamos por Transacciones o Fusiones del Asegurado Excepto Bajo Órdenes de un ClienteCualquier reclamo de terceros que emane de cualquier real o intentada
    • Fusión, compra o adquisición de otro negocio por parte del asegurado, o
    • Transacciones de compra o venta de las acciones del asegurado, de la Compañía Matriz del asegurado o de cualquier subsidiaria  o afiliada, excepto, sin embargo, cuando el asegurado esté actuando sobre instrucciones específicas de un cliente del asegurado.
  • ContaminaciónCualquier responsabilidad que se produzca por, o sea contribuida por cualquier real o pretendida filtración, polución o contaminación de cualquier clase.
  • GuerraCualquier responsabilidad que resulte directa o indirectamente en razón de, o en conexión con guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades (haya sido declarada la guerra o no), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, poder militar o usurpado, ley marcial, o el acto de cualquier autoridad legalmente constituida.
  • Reclamaciones Relacionadas con Hedging Excepto la Negligencia de Seguir Instrucciones de un Cliente.Cualquier responsabilidad legal que resulte de una pérdida sufrida por un tercero y que haya sido ocasionada o contribuida por una advertencia dada por el asegurado en conexión con transacciones compensadas o cubiertas (“Hedging”).Se conviene, sin embargo, que esta exclusión  no se aplicará a ninguna pérdida que se deba exclusivamente a la negligencia de parte de un administrador o empleado del asegurado al dejar de realizar un contrato específico de “Hedging” de acuerdo a instrucciones específicas previas de un cliente del asegurado.Para los fines de esta exclusión, “Hedging” significa el arreglo de uno o más contratos específicamente para protegerse contra movimientos en precios o valores, incluyendo, pero no limitado a: cambio exterior, mercancías de primera necesidad (“Commodities”) y valores de cualquier clase.

Garantías

Se garantiza que las declaraciones y particulares del Formulario de Solicitud a que se refiere en las condiciones particulares, y que cualquier información suplementaria perteneciente a ello y provista por o en nombre del Asegurado, son la base de esta Póliza, y se considerarán como incorporadas aquí.

El Asegurado conviene, por medio de la aceptación de esta Póliza:

  • Que las declaraciones y detalles consignados en el Formulario de Solicitud, y cualquier información suplementaria, son sus afirmaciones, y que esta Póliza se expide confiando en la veracidad de tales afirmaciones; y
  • Que en el caso de que el Formulario de Solicitud, o cualquier información suplementaria, contenga afirmaciones erróneas que afecten materialmente la aceptación del riesgo aquí contemplado, por parte de los Suscriptores, esta Póliza se considerará nula en toda su integridad y no tendrá ningún efecto, cualquiera que sea.

Deducibles

Desde COP $25,000,000 hasta COP $30,000,000,000

Prima

Entre COP$10,000,000 Y COP$10,000,000,000 dependiendo de las características del riesgo y limite contratado.

Revocación Unilateral

Esta póliza terminará con o sin el ofrecimiento de cualquier prima no devengada:

  • Inmediatamente en caso de ocurrencia de cualquiera de los eventos previstos para la terminación y establecidos en la Condición 3.11;
  • Inmediatamente respecto a cualquier subsidiaria del Asegurado en caso de ocurrencia de cualquiera de los eventos establecidos en la Condición 3.11 y que se relacionen con tal subsidiaria a menos que, en cualquiera de esos casos, los Suscriptores, después de haber sido informados de todos los detalles pertinentes relacionados con el evento, hayan ofrecido términos y condiciones revisados con respecto a la continuación de la cobertura, y que tales términos y condiciones hayan sido aceptados por el Asegurado;
  • Al recibo por los Suscriptores de una solicitud escrita del Asegurado para terminar la Póliza.

Conservación Del Estado Del Riesgo Y Notificación De Cambios

  • Cambio de Control del AseguradoEn caso de que se presente algún cambio en la efectiva propiedad o control del Asegurado, ya sea financiero o de cualquier otra índole, o bien por mandato de la ley, por acto voluntario de parte del Asegurado, o por fusión, compra o venta de activos o de acciones, o de cualquier otra forma, entonces la cobertura bajo esta Póliza cesará de allí en adelante con respecto a todos y cada uno de los reclamos de terceros hechos por primera vez de ahí en adelante, a menos que los Suscriptores acepten por escrito la continuidad de la Póliza y sólo sobre los términos y condiciones que pudieran ser estipulados por los Suscriptores.
  • Fusión, Compra o AdquisiciónEn caso de que el Asegurado se fusione con, o compre, o de cualquier otro modo adquiera todos o cualquiera de los compromisos, activos o pasivos de otro negocio, esta Póliza no otorgará cobertura de ningún tipo en relación con reclamos de terceros que comprendan cualquier acto, error u omisión que se desprendan de, u ocurran directa o indirectamente a causa de o en relación con de todos o uno cualquiera de tales compromisos, activos o pasivos, o de su adquisición, a menos que y hasta que el Asegurado haya obtenido la aprobación escrita de los Suscriptores sobre extender la cobertura bajo la Póliza en relación con los mismos, y sólo bajo los términos que puedan ser estipulados por los Suscriptores después de la revelación plena de todos los hechos materiales, por parte del Asegurado.
  • Otros Cambios MaterialesEn caso de cualquier otro cambio material en los hechos y circunstancias revelados a los Suscriptores en el Formulario de Solicitud y la información suplementaria, que puedan incrementar el riesgo aceptado aquí por los Suscriptores, el Asegurado deberá, tan pronto como sea posible dar aviso a los Suscriptores de tal cambio, según el cual los Suscriptores podrán elegir terminar esta Póliza u ofrecer al Asegurado una continuación de la cobertura bajo los términos y condiciones revisados que los Suscriptores pudieran requerir.

Clausulado

Ver archivo.