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Con nuestro seguro de tarjetas para empresas y personas, asegúrate contra falsificación, pérdida y robo. Incluye costos judiciales asociados y cubre eventuales costos y honorarios legales.

El asegurador indemnizará todas las perdidas descritas a continuación, soportadas por el asegurado con posterioridad a la fecha de retroactividad, pero descubiertas durante el periodo contractual

Cobertura de tarjetas

Los débitos que, se establezca, hubieren sido realizados exclusivamente en contra del asegurado con ocasión del uso de cualquier tarjeta de crédito expedida por el asegurado y   perdida o robada, o de tarjetas de crédito falsificadas con el objeto de aparentar haber sido expedidas por el asegurado, incluyendo el uso posterior de tales tarjetas de crédito por una persona no autorizada:

Para la obtención de dinero, moneda, billetes, cheques de viajero, órdenes de dinero, giros, o cualquier otra promesa, orden o instrucción similar escrita, para el pago de una suma cierta de dinero por parte del asegurado o de sus dependencias o de cualquier entidad financiera que actúe bajo autorización recibida del asegurado, o en la compra o arrendamiento de bienes y servicios.

Costos judiciales, honorarios y gastos legales

Los honorarios legales razonables, las costas judiciales y los costos y gastos incurridos y pagados por el asegurado para asumir su defensa con ocasión de un proceso instaurado en contra del asegurado con el objeto de ejecutar un pago bajo cualquier tarjeta de crédito fraudulenta de las mencionadas en los párrafos anteriores, alegando que tal tarjeta de crédito es fraudulenta;  siempre y cuando:

  • Tal proceso hubiere sido iniciado como consecuencia del asegurado haberse rehusado a pagar tal pérdida,
  • El asegurado hubiese impartido autorización escrita para adelantar la defensa de tal proceso, y
  • El asegurado hubiese cumplido totalmente con las disposiciones, condiciones y otros términos bajo los cuales se expidió cualquiera de las tarjetas de crédito anteriormente mencionadas.

La responsabilidad del asegurador por tales honorarios legales, costas judiciales y gastos, bajo la presente póliza, formará parte integral y no incrementará el límite de responsabilidad agregado de esta póliza, y estará siempre sujeta a la condición general número dos.

Perdidas provenientes de tarjetas excepto cuando se hubiere obtenido autorización

La pérdida resultante del uso de una tarjeta de crédito para obtener dinero, moneda, billetes, cheques, cheques de viajero, órdenes de dinero, giros, o cualquier otra promesa, orden o instrucción escrita similar para el pago de una suma cierta de dinero o para la compra o arrendamiento de bienes y servicios, excepto cuando se hubiere obtenido por el asegurado o la entidad financiera que actúe bajo autorización recibida del asegurado, o por parte de una asociación de tarjetas de crédito o por el mercado interbancario en representación del asegurado.

Perdidas recobrables jurídicamente

La pérdida que de manera jurídica el asegurado pueda a su turno cobrar a, u obtener el reembolso de parte de:

  • El titular de la tarjeta
  • Cualquier persona, firma o sociedad que acuerde honrar las obligaciones derivadas de las tarjetas de crédito del asegurado, o
  • Cualquier otra entidad financiera, asociación financiera o mercado interbancario representando al asegurado.

Perdidas de tarjetas expedidas sin la aplicación respectiva

La pérdida resultante de cualquier tarjeta de crédito que hubiere sido expedida a una persona sin haber diligenciado y presentado la aplicación respectiva ante el asegurado, distinta de la solicitud de reemplazo de una tarjeta de crédito que ya hubiere sido expedida por el asegurado

Pérdida de intereses y otros

La pérdida de intereses o de la proporción de cualquier pérdida en razón al descuento realizado por cualquier persona, firma o sociedad que hubiere acordado honrar las obligaciones derivadas de las tarjetas de crédito del asegurado.

Gastos de expedición

La pérdida resultante de la expedición de cualquier tarjeta de crédito para garantizar el cobro y pago de cualquier cheque o giro.

Perdidas por debajo de las sumas recuperadas bajo contratos de conformidad

La pérdida resultante del uso de una o más tarjetas de crédito falsificadas, a menos que tal pérdida sea incurrida en exceso de la suma recuperada o recibida por el asegurado bajo cualquier contrato de conformidad con el cual el asegurado deba ser reembolsado por pérdidas sufridas en relación con tales tarjetas de crédito falsificadas.

Mala fe o dolo o actos fraudulentos de agentes o empleados

La pérdida resultante de cualquier acto fraudulento, deshonesto o criminal cometido por un cualquier funcionario, agente, representante, director o empleado del asegurado bien sea que tal funcionario, agente, representante, director o empleado hubiere actuado solo o en colusión con otros.

Pérdidas generadas por tarjetas genuinas con firmas genuinas

La pérdida derivada del uso de una tarjeta de crédito genuina por una persona autorizada utilizando su firma genuina con la intención de defraudar al asegurado.

Perdidas consecuenciales

Cualquier perdida consecuencial, incluyendo pero no limitada a lucro cesante, demora, pérdida de mercado o el costo de reemplazo o re-expedición de tales tarjetas de crédito.

Perdidas resultantes de incumplimientos de pago

Cualquier pérdida resultante de la falta de pago total o parcial o del incumplimiento en el pago de un préstamo o transacción de la naturaleza, o equivalente a, un préstamo otorgado u obtenido del asegurado.

Responsabilidades legales de cualquier naturaleza

Cualquier responsabilidad legal o de cualquier naturaleza.

Pérdidas no descubiertas durante el periodo contractual

Cualquier pérdida no descubierta durante el periodo contractual de esta póliza y cualquier pérdida sufrida con anterioridad a la fecha de retroactividad mencionada en las condiciones particulares.

Guerra y terrorismo

Cualquier pérdida resultante directa o indirectamente o relacionada con guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades o actos similares a operaciones de guerra (aun si la guerra hubiere sido o no declarada), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conmoción civil que alcance las proporciones o equivalente a levantamiento popular, usurpamiento de poder bien sea o no militar, ley marcial, motín o acto de cualquier autoridad constituida de manera ilegal.

Reacción nuclear

Cualquier pérdida directa o indirectamente causada total o parcialmente por o derivada de:

  • Radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad derivada de cualquier gas nuclear o de cualquier desecho proveniente de combustión de gas nuclear.
  • Las propiedades radioactivas, tóxicas, explosivas u otras propiedades contaminantes derivadas de cualquier componente o ensamblaje nuclear.

Periodos de carencia o tiempos de permanencia mínimos de la cobertura | Límites de edad | 

La duración del contrato de seguros será la pactada entre las Partes. Aplicará la renovación automática si así se prevé en la carátula de la póliza.

El asegurado podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante aviso escrito a la Compañía. La Compañía podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante noticia escrita al asegurado, enviada a su última dirección conocida, con no menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha del envío.

El valor del deducible será el acordado entre la Compañía y el cliente, según el tipo de cobertura.  

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Trámites para obtener el pago del seguro.
  • Plazos y forma en que el asegurado debe acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida. 
  • Derechos en el evento en que la entidad no pague la indemnización dentro del mes siguiente a dicha acreditación. 

El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.

Las tarifas varían del tipo de riesgo a asegurar, la vigencia del mismo, limites requeridos y/o tipología de contrato.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Figuras de coaseguro, subrogación y transmisión del interés asegurado y sus consecuencias. 
  • Procedimiento de devolución de primas en supraseguro, disminución del interés asegurado o revocatoria del seguro. 

Ingresa aquí

Clausulado vigente desde 31/07/2020: Seguro de Tarjetas - CLACHUBB20160047-000I0

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   “Este es un resumen informativo. Las coberturas y exclusiones las tiene a su disposición en las Condiciones Generales de la Póliza”.

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Habla con un asesor de seguros independiente sobre tus necesidades de protección