Se ampara hasta por el limite asegurado, la pérdida patrimonial que sufra el asegurado, como consecuencia de la pérdida total de su vehículo particular familiar, ya sea por daños accidentales o por hurto (simple o calificado), en particular por la depreciación del valor del vehículo identificado mediante marca, placa y chasis en el certificado individual de seguro.
El asegurador no será responsable de pagar las pérdidas patrimoniales originadas en, derivadas de, que tengan su causa en o estén relacionadas directa o indirectamente con:
Entre 0% y 50%
No aplica.
Un año.
No aplica.
Aplica.
No aplica.
No aplica.
Aplica.
Entre $5.000 y $35.000 pesos mensuales
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Condiciones que aplican para productos comercializados a partir del 15 de enero de 2014.
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Condiciones que aplican para productos comercializados hasta el 14 de enero de 2014.