Los amparos previstos en la presente póliza no operaran en los casos siguientes:
No.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No.
El asegurador renuncia a aplicar la cláusula de renovación unilateral del contrato de seguro.
En virtud del pago de la indemnización, de acuerdo con el artículo 1096 del código de comercio, en concordancia con el artículo 203 del decreto 663 de 1993 – estatuto orgánico del sistema financiero, una vez que la aseguradora pague la indemnización se subrogara por ministerio de la ley y hasta concurrencia de su importe, en los derechos de la entidad contra el contratista o las personas responsables del siniestro.
La entidad no puede renunciar en ningún momento a sus derechos en contra del contratista garantizado y si lo hiciere, perderá el derecho a la indemnización.
No.
Depende de las condiciones particulares de cada negocio a suscribir.
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