Los amparos previstos en la presente póliza no operaran en los casos siguientes:
No.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No.
El asegurador renuncia a aplicar la cláusula de renovación unilateral del contrato de seguro.
En virtud del pago de la indemnización, de acuerdo con el artículo 1096 del código de comercio, en concordancia con el artículo 203 del decreto 663 de 1993 (e.o.s.f.) estatuto orgánico del sistema financiero, la aseguradora se subroga hasta concurrencia de su importe, en todos los derechos que la entidad estatal contratante asegurada tenga contra el contratista garantizado.
En caso de existir, al momento del siniestro, otro seguro de cumplimiento con relación al mismo contrato, el importe de la indemnización a que haya lugar, se distribuirá entre los aseguradores en proporción a las cuantías de sus respectivos seguros.
Depende de las condiciones particulares de cada negocio a suscribir.
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