— Producto ACE Seguros S.A. comercializado hasta el 31 de octubre de 2016.
Cobertura Básica
Incendio y/o rayo o sus efectos inmediatos como calor y humo.
Explosión, sea que origine o no incendio.
Huelga, motín, asonada, conmoción civil o popular, según definición del código penal.
Actos mal intencionado de terceros: el incendio y las pérdidas o daños materiales causados por tales actos, incluidos los actos terroristas cometidos por individuos pertenecientes a movimientos subversivos.
Desórdenes, confusiones, alteraciones y disturbios de carácter violento y tumultuario.
Huracán, granizo, caída de aeronaves o de los objetos que caigan de ella, impacto de vehículos terrestres.
Terremoto, temblor y/o erupción volcánica o el incendio originado por tales fenómenos.
Maremoto, marejada, tsunami y los efectos directos que de estos fenómenos se deriven.
Daños súbitos y accidentales causados por agua no proveniente del exterior de la edificación descrita en la póliza. 1. Las pérdidas y daños cubiertos por los amparos 8 y 9 anteriormente mencionados, darán origen a una reclamación por cada uno de estos fenómenos, sin exceder el total de la renta asegurada; pero si varios de ellos ocurren dentro de cualquier período de setenta y dos (72) horas consecutivas durante la vigencia de este amparo, se tendrán como un solo siniestro.
Anegación entendida como el agua proveniente del exterior de la edificación señalada en la carátula., así como los daños materiales directos causados por el desbordamiento o rotura de presas y diques de contención.
Avalancha y deslizamiento definida como el derrumbamiento o caída de una masa de lodo, nieve, rocas o de tierra desde una pendiente.
Rotura accidental de vidrios siempre que comprometan el cerramiento de la vivienda. Para tales efectos.
Exclusiones Generales
Guerra internacional o civil, actos perpetrados por fuerzas extranjeras, hostilidades u operaciones bélicas (sea o no declarada una guerra), rebelión y sedición, según definición legal.
Dolo o culpa grave del asegurado o beneficiario.
La apropiación por parte de terceros de las cosas aseguradas durante el siniestro o después del mismo.
Movimientos del subsuelo, tales como, pero no limitados a: hundimientos, desplazamientos y asentamientos.
La implosión.
Lucro cesante y cualquier clase de daño o pérdida consecuencial.
Pérdida causada directa o indirectamente por impacto de vehículos terrestres cuyo propietario, conductor, arrendatario o tenedor del interés asegurado, sea el asegurado.
Daños en equipos eléctricos, electrónicos y/ o mecánicos originados en una causa inherente a su funcionamiento, por uso normal o deterioro.
Hurto simple y/o calificado de los contenidos asegurados. Derrumbamiento del inmueble, salvo cuando sea resultado de un siniestro amparado bajo esta póliza.
Humedad o reiteración continúa de la misma.
Humo de chimeneas.
Cualquier gasto y/o costo que directa o indirectamente próxima o remotamente se requiera para reducir índices de flexión y/o derivas de estructuras y los gastos y/o costos que se causen para la adecuación y/o actualización de los edificios y/o estructuras tendientes al cumplimiento de normas y/o códigos sismorresistentes.