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Protege los teléfonos celulares contra hurto calificado y daños físicos totales como consecuencia de un hecho accidental, súbito e imprevisto.

Protección a celulares (EEE):

Esta protección consta de dos amparos básicos, el hurto calificado y los daños físicos totales accidentales.

  • Hurto calificado: la conducta cometida en los términos del artículo 239 del código penal, siempre que se presenten las circunstancias estipuladas en el artículo 240 del mismo estatuto.
  • Daños físicos totales accidentales: destrucción total del equipo terminal móvil, como consecuencia de un hecho accidental, súbito e imprevisto
  • Protección a celulares (EEE): esta protección consta de dos amparos básicos, el hurto calificado y los daños físicos totales accidentales.

Este seguro no se aplica en la medida en que las sanciones económicas o comerciales u otras leyes o regulaciones nos prohíban proporcionar el seguro, incluido, entre otros, el pago de reclamaciones. Todos los demás términos y condiciones de la póliza no se modifican.

Queda entendido que la compañía no será responsable en ningún caso por los siniestros originados y/o como consecuencia de:

  1. Lucro cesante, o daños o pérdidas consecuenciales, entendiéndose como tales, posibles perjuicios adicionales, directos o indirectos sufridos por el asegurado así como por terceros afectados
  2. Pérdidas o daños causados por uso, abuso, deterioro gradual, vicio propio, oxidación, herrumbre, corrosión, enmohecimiento, humedad atmosférica o congelamiento y daños puramente mecánicos parciales
  3. Responsabilidad civil contractual y extracontractual derivada de acción, omisión o ejecución de cualquier clase de uso, desuso, actividad o inactividad, sobre o con el (los) equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  4. Pérdida debida a actos fraudulentos de los empleados del asegurado o cualquier clase de personas a quienes éste haya hecho entrega de los bienes asegurados, a cualquier título
  5. Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, conspiración, poder militar o usurpado, requisición y destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional, departamental o municipal, disturbios políticos, terrorismo y sabotaje con explosivos
  6. Dolo, culpa grave o mala fe del asegurado o de sus representantes, siempre y cuando sean atribuibles a dichas personas
  7. Pérdidas o daños causados directa o indirectamente por irradiación o reacción nuclear o contaminación radioactiva
  8. Los costos normales de mantenimiento, conservación y reparación
  9. Pérdida o daño causado por errores cometidos en la programación de equipo (s) terminal (es) móviles (es) o en instrucciones dadas a equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  10. Motín, conmoción civil, vandalismo y actos mal intencionados de terceros
  11. Uso indebido, incorrecto o ilícito de la(s) línea(s) por el asegurado o un tercero. En consecuencia, se excluyen las pérdidas que sufra el asegurado, por llamadas realizadas desde el momento del hurto, extravío o pérdida de él (los) equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  12. Daño(s) al (los) equipo(s) terminal(es) móvil(es) que operado(s) por su propietario o por un tercero autorizado por éste, no sean consecuencia de un evento accidental, súbito o imprevisto.
  13. Daños y/o deterioro por los que sea responsable el fabricante o proveedor de los bienes asegurados, o aquellos que estén cubiertos por la garantía del equipo(s) terminal(es) móvil(es).
  14. Confiscación de los bienes asegurados por parte de la autoridad competente
  15. Decomiso o embargo de los bienes asegurados
  16. Pérdidas por fraudes o actos deshonestos de terceros, tales como clonación y similares.
  17. Reparaciones no autorizadas o realizadas por fuera de los centros técnicos especializados y autorizados por el proveedor del servicio PCS
  18. Reacondicionamiento o recarga de baterías
  19. Daño o hurto parcial del equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  20. Extravío total o parcial de equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  21. Pérdidas o daños de elementos considerados accesorios del equipo(s) terminal(es) móvil(es) (baterías, manos libres, forros, cargadores etc.)
  22. Se excluyen todos los siniestros ocurridos al asegurado en exceso de dos indemnizaciones reconocidas y pagadas bajo la misma vigencia del certificado individual de seguro
  23. Cambios por renovación o reposición de equipos no reportados a la aseguradora
  24. Cualquier cambio de equipo que no sean renovaciones y reposiciones de los mismos
  25. Cambios de plan (pos pago a prepago o viceversa)
  26. Si los daños en el equipo(s) terminal(es) móvil(es) asegurado pudieran ser reparados, la compañía no repondrá el equipo(s) terminal(es) móvil(es) ni ninguna clase de gasto por los trabajos realizados para la reparación del equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  27. Este seguro no se aplica en la medida en que las sanciones económicas o comerciales u otras leyes o regulaciones nos prohíban proporcionar el seguro, incluido, entre otros, el pago de reclamaciones.

Parágrafo: una vez verificados y analizados los documentos y la información que se aporte por el reclamante, en caso de evidenciarse inconsistencias, el asegurador podrá objetar la reclamación o incluso si llegase a ser fraudulenta el asegurado perderá el derecho a la indemnización.

| Periodo de Carencia | Edades de Ingreso | Revocación Unilateral | Subrogación | Coexistencia |

Porcentuales entre 0% y 30%

De acuerdo a las condiciones particulares de la póliza en tiempos de cobertura.

La duración del contrato de seguros será la pactada entre las Partes. Aplicará la renovación automática si así se prevé en la carátula de la póliza.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Trámites para obtener el pago del seguro.
  • Plazos y forma en que el asegurado debe acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida. 
  • Derechos en el evento en que la entidad no pague la indemnización dentro del mes siguiente a dicha acreditación. 

El asegurado tiene la obligación de declarar sinceramente el estado del riesgo e informar las situaciones que impliquen modificaciones a éste. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por la Compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.

Las tarifas varían del tipo de riesgo a asegurar, la vigencia del mismo, limites requeridos y/o tipología de contrato.

Ingresando aquí podrás encontrar los siguientes temas: 

  • Figuras de coaseguro, subrogación y transmisión del interés asegurado y sus consecuencias. 
  • Procedimiento de devolución de primas en supraseguro, disminución del interés asegurado o revocatoria del seguro. 

Ingresa aquí

Clausulados - Celulares

Clausulado vigente desde 25/08/2020: Celulares - CLACHUBB20200002

Clausulado vigente desde 03/09/2020: Celulares - CLACHUBB20200015-D00I0

Clausulado vigente desde 30/06/2021: Póliza Estándar de Protección De Celulares - CLACHUBB20210007-DRCI

Clausulados - Equipos Móviles

Clausulado vigente desde 30/01/2020: Póliza para equipos terminales móviles y/o otros equipos electrónicos – CLACHUBB20160054 D00I –2020

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   “Este es un resumen informativo. Las coberturas y exclusiones las tiene a su disposición en las Condiciones Generales de la Póliza”.

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Habla con un asesor de seguros independiente sobre tus necesidades de protección