Te brindamos una Renta Hospitalaria por accidente o enfermedad, cubriendo tu internamiento en una Institución Hospitalaria, hasta un máximo de 365 días.
Otras coberturas (ver condiciones):
Cláusulas Generales de Contratación
Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.
Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o al número (51-1) 417- 5000.