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Cobertura

Indemnizamos a tu(s) beneficiario(s) con la suma asegurada señalada en las condiciones particulares en caso fallezcas por causas naturales o por un accidente.

El seguro cubre el riesgo de muerte accidental hasta por un (01) año luego de producido un accidente.

Además, cubriremos el fallecimiento que pueda resultar de un accidente sobrevenido al tratar de salvar vidas humanas.

A. Muerte Natural

En caso de muerte natural del ASEGURADO durante la vigencia del seguro, la COMPAÑIA pagará la suma asegurada señalada en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado o Certificado de Seguro, según corresponda, en los plazos y términos que se señalan en la misma, siempre que la causa de dicho fallecimiento no se encuentre comprendida dentro de las exclusiones de este seguro y que el ASEGURADO no hubiere superado la edad máxima de permanencia.

El seguro brinda cobertura en territorio nacional e internacional, durante las veinticuatro (24) horas del día.

B. Muerte Accidental

En caso de muerte accidental del ASEGURADO durante la vigencia del seguro, la COMPAÑIA pagará la suma asegurada señalada en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado o Certificado de Seguro, en los plazos y términos que se señalan en las mismas, siempre que la causa del fallecimiento no se encuentre comprendida dentro de las exclusiones de este seguro, y que el ASEGURADO no hubiere superado la edad máxima de permanencia.

La COMPAÑIA cubrirá el fallecimiento que pueda resultar de un accidente sobrevenido al tratar de salvar vidas humanas.

El seguro brinda cobertura en territorio nacional e internacional, durante las veinticuatro (24) horas del día, salvo indicación diferente en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado o Certificado de Seguro.

Beneficios

El seguro brinda cobertura en territorio nacional e internacional.

Cuentas con el respaldo de una asgeuradora de clase mundial con presencia en 54 países.

Exclusiones

La indemnización de esta póliza no se concede si la muerte natural o accidental del ASEGURADO se debe a las siguientes causas o circunstancias:

a. Enfermedades preexistentes al inicio del seguro, entendiendo por tales aquellas que son diagnosticadas por un médico colegiado, conocidas por el ASEGURADO y no resueltas al momento de la contratación del seguro.

b. Suicidio, salvo el contrato haya estado en vigencia ininterrumpidamente por 2 años.

c. Guerra, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, poder militar o usurpado, ley marcial, motín o conmoción civil.

d. Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero de transporte aéreo comercial.

e. Participación como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.

f. Participación o intervención activa en actos delictuosos.

g. Uso de armas atómicas, bacteriológicas o químicas. En particular, tampoco se otorga cobertura cuando se realizan los ataques o intromisiones nombrados haciendo uso de la tecnología de la información.

h. Ataques o intromisiones en instalaciones y plantas de almacenamiento que conduzcan a la liberación de radioactividad o de sustancias bélicas atómicas, bacteriológicas o químicas. En particular, tampoco se otorga cobertura cuando se realizan los ataques o intromisiones nombrados haciendo uso de la tecnología de la información.

i. Eventos accidentales ocurridos a consecuencia de la liberación súbita de energía atómica, radiación nuclear o contaminación radioactiva (controlada o no).

j. Epidemias.

*Puede revisar el total de exclusiones en el documento "Condiciones Generales".

Seguro de Vida El Milagro

Certificado

Condiciones Generales

Condiciones Particulares

Resumen

Solicitud

Resolución SBS

Solicitud Certificado 

Devolución de primas

Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.

Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o al número (51-1) 417- 5000.